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Fiscalidad de Criptomonedas: Entendiendo tus Obligaciones

Fiscalidad de Criptomonedas: Entendiendo tus Obligaciones

12/10/2025
Bruno Anderson
Fiscalidad de Criptomonedas: Entendiendo tus Obligaciones

La creciente adopción de criptomonedas ha colocado a inversores y usuarios ante la necesidad de comprender sus obligaciones fiscales. En España, la normativa ha evolucionado con rapidez, adaptándose a la complejidad de estos activos digitales. Este artículo ofrece una visión detallada y práctica de la fiscalidad cripto en 2025, para ayudarte a cumplir con la Agencia Tributaria sin sorpresas.

Desde la consideración legal hasta los modelos de declaración, pasando por consejos de cumplimiento y prevención de sanciones, encontrarás herramientas y recomendaciones para gestionar tus declaraciones y optimizar tus obligaciones tributarias.

Panorama normativo y tributario general

Las criptomonedas en España son consideradas activos o propiedad y no moneda de curso legal, lo que determina su tratamiento fiscal como ganancias o pérdidas patrimoniales. La aprobación de la Ley 11/2021 de prevención y lucha contra el fraude fiscal supuso un punto de inflexión: desde 2022, los contribuyentes deben informar con detalle sus movimientos y saldos.

En la campaña de la renta 2025, la Agencia Tributaria incorpora datos pre-llenados de ventas de criptos en los borradores, obtenidos de plataformas y entidades financieras. Esta automatización busca mejorar el control y reducir el margen de error, pero implica revisar cuidadosamente cada operación.

Tipos de impuestos aplicables

El tratamiento fiscal de las criptomonedas depende de la naturaleza de la transacción. A continuación se describen los impuestos clave:

IRPF: Todas las operaciones que generen una ganancia o pérdida, como compraventas, intercambios, recompensas por staking, minería o airdrops, deben integrarse en la declaración de la renta como ganancia o pérdida patrimonial o como ingreso en especie.

Los ingresos por minería, staking o recompensas en especie tributan en la base general del IRPF, con tramos entre el 19% y el 47%, según el importe total anual.

Impuesto sobre el Patrimonio: Si el valor conjunto de tus criptomonedas y otros bienes supera el mínimo exento (700.000 €), debes incluirlas en la declaración de patrimonio a 31 de diciembre. Los tipos varían por comunidad, oscilando entre el 0,21% y el 3,75%.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Al heredar o recibir criptos como donación, tributan como cualquier otro activo. La base imponible es el valor de mercado en el momento de la transmisión.

IVA: La compraventa de criptomonedas está exenta de IVA, aunque servicios relacionados, como asesoría o formación, sí pueden generar este impuesto.

Declaraciones formales y modelos obligatorios

En 2025 existen varios modelos específicos para reportar criptomonedas:

  • Modelo 100 (IRPF): Declaración de ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Modelo 721: Declaración de criptomonedas en el extranjero si superan 50.000 €.
  • Modelo 172: Reporte anual de saldos en plataformas nacionales.
  • Modelo 173: Reporte anual de operaciones en plataformas extranjeras.

El incumplimiento de estos formularios puede dar lugar a sanciones significativas y requerimientos de regularización posteriores.

Nuevas obligaciones y control fiscal

A partir de 2025, la declaración de criptomonedas es obligatoria para la mayoría de los titulares, incluso si no han generado ganancias relevantes. Hacienda ha intensificado el cruce de datos con plataformas nacionales e internacionales, enviando notificaciones a quienes no han regularizado sus posiciones.

Es imprescindible mantener registros detallados de cada transacción: fecha, importe, valor en euros, origen y destino de los activos. Estos datos facilitan la preparación de la declaración y responden a posibles requerimientos.

Particularidades y situaciones frecuentes

Existen escenarios concretos que conviene conocer:

– Bancos, exchanges y plataformas P2P suelen reportar información directamente a Hacienda.

– Operaciones en DeFi, staking, yield farming, forks o airdrops pueden tratarse como rendimiento del capital o ganancia patrimonial, según la normativa aplicable.

– Los holders con wallets de custodia propia sin operaciones no superan umbrales, pero deben vigilar los cambios normativos.

Prevención del fraude y compliance tributario

El intercambio de información entre países y la obligación de los operadores de identificar a sus usuarios han reforzado el control. Las entidades están obligadas a reportar operaciones relevantes y perfiles de riesgo para combatir el blanqueo y el fraude fiscal.

Adoptar mecanismos internos de control y auditoría protege frente a inspecciones y sanciones.

Consejos y advertencias

Para optimizar tu declaración y evitar errores:

- Busca asesoramiento profesional especializado en fiscalidad cripto.

- No dejes de regularizar ejercicios anteriores en caso de omisión.

- Conserva siempre justificantes de compra, venta y transferencias, así como capturas de pantalla y registros de wallets.

Una adecuada planificación y documentación previene sanciones y reduce el impacto fiscal.

Preguntas frecuentes

  • ¿Me pueden sancionar si no declaro criptomonedas?
  • ¿Cómo tributan los airdrops y recompensas por staking?
  • ¿Debo declarar holdings si no he vendido nada?
  • ¿Cómo se calcula el valor de las criptomonedas a efectos fiscales?
  • ¿Qué diferencias hay al usar plataformas offshore o DEX?

La fiscalidad de criptomonedas en España es compleja, pero con la información adecuada y un buen acompañamiento, puedes navegarla con confianza y cumplir tus obligaciones sin sorpresas.

Bruno Anderson

Sobre el Autor: Bruno Anderson

Bruno Anderson